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Aprobado inicialmente por segunda vez el Plan Director Urbanístico Metropolitano de Barcelona (PDUM)

El pasado 10 de febrero de 2026 el Consell de l’Àrea Metropolitana de Barcelona (AMB) aprobó inicialmente, por segunda vez, el Plan Director Urbanístico Metropolitano de Barcelona (PDUM).

Dicho acuerdo se publicó el 12/02/2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona  y el 13/02/2026 en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

El plan director urbanístico del Área Metropolitana de Barcelona se regula en el Título III de la Ley 31/2010, de 3 de agosto del Área Metropolitana de Barcelona (LAMB) como instrumento de ordenación urbanística integrada del territorio metropolitano de Barcelona (artículo 21).

Este nuevo marco normativo debe servir para iniciar la renovación del Plan General Metropolitano vigente desde 1976.

El PDUM tiene como objetivos principales:

a) Establecer los elementos estructurantes de la ordenación urbanística del ámbito territorial metropolitano.

b) Establecer las determinaciones sobre el desarrollo urbanístico sostenible, la movilidad de las personas y las mercancías y el transporte público metropolitano.

c) Establecer medidas de protección del suelo no urbanizable y la estructura orgánica de este suelo.

d) Concretar y delimitar las reservas de suelo para las infraestructuras y los sistemas generales del ámbito metropolitano, tales como redes viarias, ferroviarias, hidráulicas, portuarias, aeroportuarias, de saneamiento y abastecimiento de agua, de telecomunicaciones, de equipamientos, de espacios libres y otros similares.

e) Definir políticas metropolitanas de suelo y vivienda, así como de actividad económica, para garantizar la solidaridad intermunicipal en la ejecución de políticas de vivienda asequible y de protección pública, la suficiencia y la viabilidad de estas políticas para garantizar el derecho constitucional a la vivienda y el cumplimiento de los principios establecidos por el artículo 3 del texto refundido de la llei d'Urbanisme de Catalunya.